FOSDEH

Coordinación General: Mauricio Díaz Burdett

Autor: Emma Velásquez

Diagramación: Joel Alemán

La reforma del sector eléctrico hondureño no puede reducirse a una reorganización administrativa de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), ni presentarse únicamente como una respuesta técnica frente a sus problemas financieros. Lo que está en discusión es el futuro de un servicio público esencial, la capacidad del Estado para dirigir un sector estratégico y las condiciones bajo las cuales la población podrá acceder a energía eléctrica confiable, asequible y de calidad.

En su documento ¿Hacia dónde va el proyecto de reforma de la ley del sector eléctrico en Honduras? Análisis técnico-político desde una perspectiva de interés público, el Foro Social de Deuda Externa y Desarrollo de Honduras (FOSDEH) analiza las implicaciones económicas, institucionales, sociales y territoriales de la propuesta presentada en 2026.

El análisis reconoce la necesidad urgente de transformar un sector afectado durante años por las pérdidas técnicas y no técnicas, el endeudamiento, la mora con empresas generadoras, la insuficiente inversión, las deficiencias operativas y la limitada rendición de cuentas. Sin embargo, también advierte que la reforma propuesta no resuelve integralmente las causas estructurales de la crisis y podría abrir espacios para la delegación de actividades estratégicas a operadores privados sin que estén suficientemente definidas las garantías para proteger el interés público.

No se vende la ENEE, pero pueden transferirse sus funciones

El anteproyecto no establece formalmente la venta inmediata de la ENEE ni dispone la transferencia directa de todos sus activos al sector privado. No obstante, este hecho no debe cerrar el debate sobre la posible privatización del sistema.

La propuesta plantea una reconfiguración profunda de la gobernanza eléctrica mediante la separación de funciones, la creación de sociedades mercantiles de propiedad estatal, el fortalecimiento de los mecanismos regulatorios y la incorporación de instrumentos que podrían facilitar una mayor participación privada.

Desde la perspectiva del FOSDEH, estos elementos podrían configurar una modalidad de privatización funcional o concesional. Bajo este esquema, el Estado conservaría formalmente la propiedad de determinadas empresas o activos, pero delegaría a operadores privados la gestión de actividades estratégicas, como la distribución de energía, mediante contratos, concesiones u otros acuerdos de mediano y largo plazo.

Por ello, la discusión no debe limitarse a preguntar si la ENEE será vendida. También debe examinarse quién controlará sus funciones, quién tomará las decisiones, quién administrará los recursos, quién recibirá los beneficios y quién asumirá los costos cuando los resultados no sean los esperados.

Una empresa puede continuar siendo nominalmente pública mientras pierde, de manera progresiva, capacidad de dirección, operación y control sobre funciones esenciales.

El riesgo de privatizar los beneficios y socializar las pérdidas

Uno de los principales puntos de preocupación es la distribución de riesgos y beneficios dentro del nuevo modelo.

La participación privada no debe evaluarse únicamente bajo la promesa de mayor eficiencia, inversión o capacidad técnica. Es indispensable determinar si los operadores asumirán efectivamente los riesgos empresariales, financieros y operativos o si estos terminarán trasladándose al Estado y, finalmente, a la población.

La experiencia hondureña con diferentes esquemas de alianzas público-privadas obliga a mantener una posición crítica y prudente. En distintos casos, iniciativas justificadas por la necesidad de atraer inversión y mejorar la gestión han derivado en contratos complejos, obligaciones fiscales de largo plazo, controversias institucionales, garantías favorables para los operadores y limitaciones para el control ciudadano.

Este tipo de diseño puede producir un resultado profundamente desigual: los beneficios económicos se concentran en determinados actores, mientras las pérdidas, las deudas, las contingencias contractuales y los impactos tarifarios son asumidos por el Estado y la ciudadanía.

El FOSDEH sostiene que ninguna reforma puede considerarse sostenible cuando protege la rentabilidad privada, pero expone las finanzas públicas; cuando garantiza ingresos a los operadores, pero traslada los costos a los usuarios; o cuando reduce el control público sin establecer mecanismos equivalentes de supervisión y rendición de cuentas.

La electricidad no es únicamente una mercancía

La energía eléctrica es un servicio público esencial y una condición necesaria para el ejercicio de otros derechos. Su disponibilidad y calidad inciden directamente en la educación, la salud, el empleo, la producción, el acceso al agua, la seguridad, la conectividad y el bienestar de los hogares.

Por esta razón, el sector eléctrico no puede administrarse exclusivamente bajo criterios de rentabilidad financiera o eficiencia empresarial.

Una reforma orientada únicamente al saneamiento contable de las empresas podría ignorar sus consecuencias sobre las condiciones de vida de la población. El equilibrio financiero es necesario, pero no puede alcanzarse debilitando los principios de equidad, accesibilidad, universalidad y solidaridad que deben orientar la prestación de un servicio público.

El verdadero indicador de éxito no será solamente la reducción del déficit de la ENEE. También deberá evaluarse si disminuyeron las interrupciones, si mejoró la calidad del suministro, si se amplió la cobertura, si las tarifas son socialmente sostenibles y si los hogares más vulnerables pueden mantener el acceso al servicio.

¿Quién protegerá a los hogares frente a posibles aumentos tarifarios?

La propuesta no desarrolla suficientemente los mecanismos que protegerían a los hogares de menores ingresos ante posibles ajustes en las tarifas.

Esta omisión es particularmente preocupante frente a los cambios propuestos en la estructura del sector y a una eventual eliminación o modificación de los subsidios cruzados. Sin un sistema claro de compensación, focalización y protección social, los costos de la reforma podrían recaer de manera desproporcionada sobre los hogares con menor capacidad económica.

Desde una perspectiva social, no puede hablarse de sostenibilidad cuando una familia debe elegir entre pagar la factura eléctrica, comprar alimentos, adquirir medicamentos o cubrir gastos educativos.

El FOSDEH considera que cualquier transformación del sector debe incorporar, desde su diseño, mecanismos explícitos para proteger a la población. Estas medidas no deben quedar sujetas a decisiones posteriores, reglamentos inciertos o disponibilidades presupuestarias sin garantía.

La protección de los usuarios debe ser un componente central de la reforma, no una medida complementaria.

Los activos públicos requieren protección reforzada

Otro aspecto que demanda un análisis crítico es el tratamiento jurídico de los bienes de la ENEE.

El artículo 5 del anteproyecto propone que estos bienes dejen de estar sujetos al régimen administrativo aplicable a los bienes nacionales y pasen a regirse por disposiciones del derecho mercantil. Este cambio no es menor y podría tener consecuencias sobre el patrimonio público, la gobernanza de las nuevas sociedades y la posibilidad de transferir, comprometer o utilizar activos estratégicos dentro de operaciones comerciales.

El carácter mercantil de una empresa estatal no debe convertirse en un mecanismo para reducir los controles públicos.

Los activos de la ENEE han sido construidos mediante recursos del Estado, endeudamiento público, inversión colectiva y contribuciones de generaciones de usuarios. Por tanto, cualquier cambio en su naturaleza jurídica debe estar acompañado de salvaguardas que impidan su transferencia discrecional, su utilización como garantía sin controles adecuados o su incorporación a operaciones que puedan comprometer el patrimonio nacional.

La reforma debe establecer con precisión qué bienes podrán ser administrados, transferidos o concesionados, bajo qué condiciones, con qué autorizaciones y mediante qué mecanismos de fiscalización.